¡Hola! En esta ocasión aprenderemos
a calcular las horas extras y la alimentación que
integran al salario
diario integrado base.
Articulo 27.Ley
de seguro social. No integra
cuando la alimentación y habitación se
entrega de forma onerosa a los trabajadores, se entiende que son
onerosas las prestaciones que
otorgan los patrones que representan
como el mínimo el 20% del salario mínimo.
Articulo 32.Ley de
seguridad social. Cuando la alimentación no cubra
los 3 alimentos, sino uno o dos
de estos por cada uno de ellos se adicionara el 8.83%.
1 alimento 8.33%
2 alimento 16.66 %
3 alimentos 25%
Gratis 0
El salario para integrar debe ser menor a $14.60, mientras mayor
a $ 14.60.¡No integra!.
Calculo:
$73.04 x 20% = $14.60
Ejemplo:
$100.00 diarios
alimento gratis Integra :)
alimento 15 No
integra :(
Calcular :
100 x8.33% = 8.33
Recuerda que los
alimentos gratis integran,
cuando dos alimentos
integran se toma
el 16.66 % y cuando uno integra
se toma 8.33%.Se multiplica por el salario diario.
En conclusión, recuerda que
al calcular lo que integra de
cada prestación, al final los
resultados se suman
todas. Para saber el
salario real que percibimos.
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